Nombre: Desarrollar actividades de venta de cartones en establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar
RP1 Desarrollar actividades de puesta a punto en áreas de venta de cartones, según normas de seguridad y control e instrucciones recibidas por la persona responsable para facilitar el desarrollo del juego de bingo tradicional y/o bingo dinámico o electrónico con agilidad, eficacia y transparencia.
- CR1.1: Los rotuladores destinados a tachar y/o marcar de forma indeleble los números en los cartones de juego de bingo se proporcionan a los clientes antes del inicio de la partida.
- CR1.2: Los marcadores o testigos que identifican la mesa donde se encuentran los clientes que ha cantado bingo o línea, se ubican en los lugares de la sala predeterminados por la empresa, disponiendo de ellos durante el juego.
- CR1.3: Las señales acústicas de la zona destinada a los vendedores se comprueban en lo referido a su funcionamiento, para el buen desarrollo de la jornada, informando a la persona responsable en caso de disfunción.
- CR1.4: La provisión de efectivo para la venta de cartones de bingo tradicional y/o bingo dinámico o electrónico y en su caso, de cambio para máquinas recreativas con premio programado y/o de apuestas, se solicita al cajero en la mesa de control al principio de la jornada laboral, liquidando su venta al final de la jornada.
- CR1.5: Las tarjetas de pago a clientes se comprueban en cuanto a su clase, número y disponibilidad para señalizar cambios pendientes.
- CR1.6: Los cartones para el inicio de las partidas se comprueban, solicitándolos a la mesa de control por series completas según previsión de los mismos con el fin de ofrecer disponibilidad a los clientes.
- CR1.7: Las normas de seguridad en el uso de equipos y materiales propios de la sala de juego se aplican en el desarrollo de las tareas, para minimizar los riesgos derivados de ellas.
RP2 Desarrollar actividades auxiliares de venta y cobro de cartones del juego de bingo tradicional y/o bingo dinámico o electrónico a los clientes, bajo supervisión de la persona responsable de forma que se cumplan los objetivos comerciales y de seguridad de la empresa.
- CR2.1: Los cartones jugados y no premiados de cada mesa, se retiran antes de la venta de los siguientes, eliminándolos en el lugar dispuesto por la empresa para evitar fraudes.
- CR2.2: Los cartones físicos y/o electrónicos susceptibles de venta se ofrecen, en ritmos establecidos por la empresa, en la propia mesa de los clientes, y por orden de acomodación a la misma, atendiendo a su numeración correlativa, para cumplir con el reglamento del juego del bingo y garantizar la transparencia del mismo.
- CR2.3: Los cartones no vendidos en una primera vuelta, se ofrecen de nuevo a los clientes, a otros vendedores o al vendedor de cierre para conseguir la venta de la totalidad antes del inicio de una nueva partida.
- CR2.4: Los cartones físicos se cobran a los clientes en efectivo, en el acto y al precio unitario establecido por la normativa aplicable de venta de cartones, marcando con las tarjetas correspondientes para devolver el efectivo durante la partida en curso.
- CR2.5: Los cartones electrónicos integrados por números u otras representaciones gráficas susceptibles de participar en una partida mediante el uso de terminales o soportes electrónicos de juego, se controlan, comprobando su pago para iniciar el juego con los protocolos de seguridad y control cumplidos.
- CR2.6: El cierre de la venta se comunica a la mesa de control, para que el jefe de mesa anuncie los cartones vendidos, los premios y el comienzo de la partida.
- CR2.7: La venta de cartones para la siguiente partida se inicia, comprobando que el bingo cantado por el cliente es correcto y la partida quede cerrada, de manera que la satisfacción de los clientes y el control interno de la empresa queden asegurados.
RP3 Liquidar la recaudación de la venta de cartones de cada partida, bajo supervisión de la persona responsable, siguiendo pautas establecidas de control y seguridad, para que el cajero proceda a la distribución entre premios y caja, y la normativa aplicable del juego quede conformada.
- CR3.1: La recaudación producto de la venta de cartones se liquida al cajero una vez se haya cantado y verificado la primera línea o líneas con el fin de corroborar su veracidad.
- CR3.2: El efectivo para cambios se solicita al cajero en función de las monedas de cambio establecidas internamente y el cambio sobrante, para garantizar las acciones de atención a los clientes.
- CR3.3: Los cambios pendientes de pago a los clientes se solicitan al cajero según el número y el importe de las tarjetas entregadas, para asegurar el control de los mismos.
- CR3.4: Los cartones para la venta siguiente se solicitan a la mesa de control, por series completas y según los cartones vendidos en la partida anterior y el número de clientes presentes en la sala.
- CR3.5: Los cambios pendientes de pago a los clientes se devuelven antes del término de la partida, recogiendo las tarjetas marcadoras para saldar la deuda contraída por los mismos.
RP4 Atender a clientes durante el desarrollo del juego, según protocolos de seguridad, control y calidad establecidos por la empresa, bajo supervisión de la persona responsable para que éste se desarrolle con eficacia y transparencia.
- CR4.1: La oferta de gastronomía y/o bebidas antes del desarrollo del juego, se ofrece, tomando la comanda correspondiente de manera que los clientes dispongan de sus peticiones antes del inicio de la locución.
- CR4.2: El cartón de los clientes que cantan línea mediante señales acústicas como timbres, repetición en voz alta del premio, entre otros, se comprueban tras detener la locución de las bolas y comunicar verbalmente a la mesa de control de forma que la verificación quede satisfecha.
- CR4.3: La mesa donde están los clientes afortunados con la línea, se marca con el testigo, devolviendo a los mismos su cartón, para que pueda continuar la partida.
- CR4.4: El cartón de los clientes que cantan bingo mediante señales acústicas como timbres, repetición en voz alta del premio, entre otros, se comprueba tras detener la locución de las bolas y comunicar verbalmente a la mesa de control de forma que la verificación de su número de serie quede satisfecha.
- CR4.5: La mesa donde están los clientes afortunados con el bingo, se marca con el testigo, devolviendo a los mismos su cartón, para que puedan cobrar el mismo.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Instalaciones. Material de oficina. Mobiliario específico de salas de juego de bingo. Tarjetas de cambio. Efectivo para cambios. Testigos para identificar a los clientes premiados. Timbres o señales acústicas de zona para interrumpir la jugada en caso de premio. Cartones del juego del bingo. Uniformes y acreditaciones personales.
Productos y resultados:
Puesta a punto en áreas de venta de cartones desarrollada Actividades auxiliares de venta y cobro de cartones desarrolladas Recaudación de la venta de cartones liquidada Clientes atendidos.
Información utilizada o generada:
Normativa aplicable del juego del bingo. Normativa aplicable de protección de datos. Normativa aplicable higiénico-sanitaria. Plan de prevención de riesgos laborales. Información sobre servicios ofertados en el establecimiento. Documentos justificativos del cobro de entradas. Manuales de procedimientos internos. Fichas de control y seguimiento.
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