Nombre: Realizar el diagnóstico y la prescripción de tratamientos capilares estéticos
RP1 Seguir los protocolos normalizados en la aplicación de diagnósticos capilares estéticos, adaptándolos a las características particulares de la clientela, para aportar en cada caso información individualizada sobre el estado capilar estético identificado.
- CR1.1: Los equipos para el diagnóstico como lupa, micro-cámara, medidores del sebo y del grado de hidratación, microscopio, micro-visor y otros, así como los útiles de trabajo que se emplean en el proceso de observación y obtención de datos, se comprueban, garantizando que estén limpios, desinfectados y/o esterilizados, ordenados y dispuestos para su utilización.
- CR1.2: La clientela se acomoda, indicándole las posiciones que debe adoptar durante el proceso.
- CR1.3: Las preguntas formuladas a lo largo de la entrevista con la clientela, de acuerdo al protocolo establecido sobre la obtención de información, se orientan a sus características, necesidades y demandas, registrándose los datos en la ficha individual de la clientela.
- CR1.4: El cuero cabelludo y el tallo capilar se exploran estéticamente con los equipos de diagnóstico y con técnicas de observación, tacto, palpación y otras, identificando los síntomas de las posibles alteraciones estéticas, como deshidratación, grasa, caspa, alopecias, alteraciones estructurales, cromáticas y otras, reflejándolas en la ficha de la clientela.
- CR1.5: El cuero cabelludo se observa en diferentes zonas al micro-visor, identificando la fase del ciclo piloso en la que se encuentra a partir de la comparación con los valores normales o de referencia.
- CR1.6: Los datos obtenidos en la entrevista y en el análisis capilar estético se anotan en la ficha de la clientela, ordenados y clasificados según el tipo de alteración detectada en el tallo capilar y/o en el cuero cabelludo, así como los posibles factores físicos, emocionales y nutricionales que pueden afectar al origen de la alteración y a la selección del tratamiento.
- CR1.7: Las posibles alteraciones capilares estéticas identificadas que requieran la intervención de otro profesional se reflejan, indicando la posibilidad de consulta a otros profesionales.
RP2 Identificar los cosméticos capilares estéticos existentes, caracterizando los mismos, así como sus efectos para estar en situación de prescribir el tratamiento capilar que mejor respuesta pueda dar al diagnóstico capilar emitido.
- CR2.1: La función de los principios activos, excipiente, aditivos y correctores en cada producto se rememora, disponiendo de un conjunto de posibilidades sobre el que decidir el más conveniente.
- CR2.2: Los extractos vegetales y aceites esenciales con efectos en alteraciones capilares se rememoran, identificando los más procedentes respecto al tratamiento a proponer.
- CR2.3: Las vías y el grado de penetración de los posibles cosméticos en el cuero cabelludo y tallo del cabello se valoran como un aspecto del tratamiento a proponer.
- CR2.4: Las formas de presentación de los cosméticos se identifican, reconociendo los productos que se alojan tras ellos.
- CR2.5: Los efectos de los posibles cosméticos a seleccionar para el tratamiento sobre el cuero cabelludo y tallo capilar se identifican, orientándose al producto que mejor impacto pueda tener ante el diagnóstico emitido.
- CR2.6: La forma de actuar de los principios activos contenidos en los cosméticos para alteraciones del cuero cabelludo se revisan, centrándose en los más afines al diagnóstico emitido.
RP3 Prescribir tratamientos capilares estéticos individualizados, basándose en diagnósticos previamente emitidos, para dar respuesta al estado capilar de la clientela.
- CR3.1: La decisión sobre el tratamiento capilar estético a prescribir se concreta a partir de un análisis sobre el cuero cabelludo y sobre el tallo capilar.
- CR3.2: La decisión sobre el tratamiento capilar estético a prescribir en casos post-traumáticos y post-quirúrgicos se supedita a circunstancias previamente informados por la clientela.
- CR3.3: La prescripción del tratamiento capilar estético orientado al cuero cabelludo se concreta, describiendo las técnicas, aparatología (aparatos generadores de corrientes, vibradores entre otros) y productos a utilizar.
- CR3.4: La prescripción del tratamiento capilar estético orientado al tallo capilar se concreta describiendo las técnicas, aparatología (secadores, generadores de aire), productos a utilizar y procesos químicos que sean necesarios.
RP4 Notificar a la clientela el diagnóstico capilar emitido, así como el tratamiento propuesto a partir del mismo, informándole con asertividad y empatía para darle a conocer su situación capilar estética y consiguiente intento de reparación o mejora.
- CR4.1: El proceso de comunicación del diagnóstico capilar estético se acomete, atendiendo al protocolo establecido sobre este punto dentro del protocolo de aplicación de diagnósticos y asumiendo los principios de buenas prácticas.
- CR4.2: La información a la clientela sobre su diagnóstico y tratamiento propuesto se transmite, utilizando un lenguaje sencillo y aclarando todas las dudas que pudieran surgir.
- CR4.3: Las posibles sugerencias de la clientela sobre su diagnóstico se valoran, integrándolas cuando procedan, en el informe personal.
- CR4.4: La información de la clientela sobre su diagnóstico se maneja, garantizando la confidencialidad y protección de sus datos.
- CR4.5: Las posibles alteraciones que requieran tratamiento de otro profesional se explican con detalle, justificando a la clientela la decisión.
- CR4.6: La propuesta de tratamiento capilar estético individualizada para la clientela se aporta, contemplando las especificaciones sobre su aplicación, el presupuesto y las condiciones de pago.
RP5 Cumplir los parámetros de garantía de calidad en la realización del diagnóstico capilar estético de manera rigurosa para garantizar una propuesta de tratamiento capaz de resolver una alteración estética o mejorarla.
- CR5.1: La revisión de decisiones orientadas a la selección de productos que evidencien compromiso con el cuidado del medio ambiente en cuanto al formato de su cartonaje en la presentación y reducción de plásticos en el envasado se chequea, visibilizando dichas decisiones.
- CR5.2: El grado de satisfacción de la clientela respecto al servicio prestado y el trato recibido se comprueba mediante cuestionarios, preguntas tipo y observación directa del mismo, incidiendo con acciones de mejora donde corresponda.
- CR5.3: La calidad del servicio se valora, comprobando el cumplimiento riguroso del protocolo de trabajo, el tiempo invertido y la existencia de una propuesta de tratamiento derivado del diagnóstico.
- CR5.4: La documentación técnica personalizada asociada a la clientela, fruto de la aplicación del diagnóstico y prescripción de tratamiento se maneja, cumpliendo la normativa en materia de protección de datos.
- CR5.5: El cumplimiento de normas de atención a la clientela en cuanto a comportamiento, respeto, amabilidad, responsabilidad y otros, se verifica, anotando las posibles incidencias, quejas o sugerencias que puedan aparecer durante el proceso.
- CR5.6: Las medidas correctoras capaces de optimizar los servicios prestados y mejorar el grado de satisfacción de la clientela se contemplan cuando la evaluación del proceso resulta negativa en alguna de las fases.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Modelos anatómicos. Equipos de diagnóstico capilar: lupa con luz, micro-cámara, micro-visor, luz de Wood, medidores de la hidratación, el sebo, el pH, la elasticidad cutánea, otros. Útiles: pinzas para sujetar el tallo capilar, probeta, cristales portadores, recipientes, peines, cepillos, espátula, pulverizador y otros. Productos y aparatos específicos para limpiar, desinfectar y/o esterilizar los útiles de trabajo. Sillón, taburete, carritos y armarios para equipos y útiles. Lencería: batas, capas, toallas, cintas, mascarillas, guantes. Materiales de un solo uso. Botiquín. Contenedores para materiales reciclables o contaminantes. Equipos informáticos: ordenador portátil o de sobremesa. Aplicaciones informáticas: procesador de textos.
Productos y resultados:
Cumplimiento de protocolos normalizados sobre la aplicación de diagnósticos estéticos capilares. Identificación de los cosméticos capilares estéticos existentes. Prescripción de tratamientos capilares estéticos. Notificación de diagnóstico estético capilar emitido. Cumplimiento de parámetros de garantía de calidad en la realización del diagnóstico capilar estético.
Información utilizada o generada:
Láminas de Anatomía, Fisiología y Patología. Manuales de aparatología, alteraciones y tratamientos capilares estéticos, Cosmetología, Anatomía, Fisiología y Patología del cuero cabelludo y cabello. Normativa de calidad. Plan de prevención de riesgos laborales. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. Normativa medioambiental, en especial, la relativa a la producción y gestión de residuos. Bibliografía técnica especializada. Revistas profesionales. Programas informáticos de tratamientos capilares estéticos. Historial y fichas técnicas de tratamiento. Fichas técnicas de aparatos de diagnóstico, productos cosméticos. Informe profesional. Informe de derivación a otros profesionales. Programas y protocolos de tratamiento capilar estético de las alteraciones capilares. Protocolos normalizados de trabajo. Manuales técnicos de productos. Documentación sobre asesoramiento técnico y consejos o recomendaciones profesionales para la clientela. Consentimiento informado.
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