Nombre: Organizar los servicios hidrotermales
RP1 Realizar el diagnóstico estético para la aplicación de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales), en condiciones de seguridad e higiene.
- CR1.1: La clientela se prepara, acomodándola en función de las zonas que se vayan a observar (corporal/facial, espalda, extremidades, entre otros), indicándole las posiciones que debe adoptar durante el proceso (sentada, tumbada en decúbito prono, decúbito supino, entre otras) y su tiempo estimado, proporcionándole material para su comodidad (toalla, alfombrín, tanga, entre otros).
- CR1.2: Los equipos y materiales (microcámaras, medidor de hidratación, tensiómetro, entre otros) a emplear en el proceso de observación y obtención de datos se comprueban, garantizando que están preparados, limpios y ordenados para su utilización.
- CR1.3: Las características de la clientela (nivel de hidratación, peso, talla, tensión arterial, entre otros) con ayuda de técnicas, equipos y medios de diagnóstico estético se observan, siguiendo la normativa de seguridad e higiene, y registrando los datos en la ficha técnica.
- CR1.4: La clientela se entrevista, formulando las preguntas para identificar sus características, necesidades y demandas (dolores articulares, tensión muscular, hipertensión arterial, hipotiroidismo, estrés, entre otros), y registrando los datos en la ficha técnica.
- CR1.5: La exploración estética para el diagnóstico se practica, utilizando técnicas de observación, tacto, palpación, entre otras, identificando las características cutáneas, las posibles alteraciones estéticas, entre otras circunstancias: estrés, postparto, estados de agotamiento, entre otros, en que estén indicados los servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales).
- CR1.6: El diagnóstico estético se emite a partir del análisis y evaluación de la información obtenida, teniendo en cuenta, si fuera necesario, la prescripción médica aportada por la clientela, si así lo considera.
- CR1.7: Las técnicas hidrotermales (balneación, aplicaciones a presión, estufas, entre otros) a realizar se identifican en función del diagnóstico estético emitido, confirmándose que no existen en la clientela circunstancias que desaconsejan la aplicación de alguna de ella, reflejándose en la ficha técnica.
- CR1.8: La clientela con alguna característica especial (embarazo, hipertensión, hipotiroidismo, varices, entre otros) que requiera tratamiento diferenciado o autorización para los tratamientos hidrotermales, se deriva al personal profesional, detallando los aspectos a considerar en el informe.
RP2 Informar a la clientela sobre los resultados del diagnóstico estético, asesorando con una propuesta de aplicación de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales).
- CR2.1: La información del resultado del diagnóstico estético, se transmite a la clientela presentándole la propuesta de los servicios hidrotermales (baños, técnicas a presión, estufas, circuito termal, entre otros), el coste de las sesiones y los resultados previstos, consensuando el número, frecuencia de aplicación, duración de las mismas y cuidados personales.
- CR2.2: El comportamiento hacia la clientela se atiene a las buenas prácticas profesionales, garantizando la confidencialidad y la protección de datos de carácter personal.
- CR2.3: Los datos generales obtenidos durante el diagnóstico estético (nivel de hidratación, peso, talla, embarazo, tensión arterial, entre otros) y los relativos a los servicios hidrotermales (programa o tratamiento de bienestar, terapéutico, entre otros) se registran en la documentación técnica elaborada (ficha técnica), en soporte informático o de forma manual.
- CR2.4: El documento de propuesta de aplicación del servicio (técnicas, tratamientos y programas hidrotermales) se cumplimenta, recogiendo las especificaciones (tiempo, presión, temperatura, número de sesiones, precauciones, cosmética indicada, entre otros).
- CR2.5: El consentimiento informado se entrega a la clientela para su firma, reflejando en el documento la información necesaria para obtener su autorización, procediendo a la aplicación de los servicios hidrotermales (técnicas, tratamientos y programas).
RP3 Realizar actividades de aplicación de limpieza, desinfección y/o esterilización de las instalaciones, equipos, medios y productos para la puesta a punto de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales) para su utilización en condiciones de higiene y seguridad.
- CR3.1: Las instalaciones, medios, equipos y productos (cabina, iluminación/ temperatura de la sala, disponibilidad de agua, aparatología, camilla, toallas, material desechable, cosmética termal, entre otros) para la aplicación de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales), así como la indumentaria de trabajo se adecuan, teniendo en cuenta sus características, el tipo de materiales sobre los que se van a emplear y el uso al que estén destinados para la técnica, tratamiento o programa, limpiando, higienizando y desinfectando con los métodos y productos específicos.
- CR3.2: Los métodos y productos para la limpieza, desinfección y/o esterilización de instalaciones, medios y equipos, así como de la indumentaria de trabajo (toalla, tanga desechable, sabanilla, entre otros), se seleccionan en función del tipo de material que los compone y del uso al que están destinados.
- CR3.3: Las instalaciones (cabinas, circuitos, entre otros), equipos, productos (peloides, algas, sales, aceites, entre otros) e indumentaria de trabajo se mantienen, siguiendo las especificaciones técnicas de mantenimiento y las normas de seguridad, prevención de riesgos, limpieza, desinfección y/o esterilización con verificación de los parámetros que lo requieran, teniendo en cuenta unas condiciones de periodicidad o tras cada uso.
- CR3.4: Los residuos y accesorios desechables (slips/tangas desechables, restos de peloides, sabanillas desechables, entre otros) que vayan surgiendo de los tratamientos termales se gestionan, teniendo en cuenta la separación de los mismos según su naturaleza, siguiendo de este modo la normativa medioambiental.
- CR3.5: Las condiciones de preparación y protección tanto del personal profesional como de la clientela (indumentaria, Equipos de Protección Individual -EPI-, calzado, temperatura de agua, entre otros) se registran, atendiendo a las especificaciones recogidas en la evaluación del puesto de trabajo por los servicios sobre prevención de riesgos laborales.
RP4 Organizar el trabajo, supervisando las instalaciones, recursos y medios técnicos y humanos para garantizar la calidad en la prestación de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales).
- CR4.1: Las normas de comunicación interna se aplican para conseguir que sea fluida, precisa y llegue de forma clara al equipo mediante reuniones o entrega de las mismas de forma digital o impresa.
- CR4.2: El trabajo se distribuye entre el personal del equipo, asignando tareas (recepción de clientela, acompañamiento hasta cabina, reparto de técnicas entre el personal profesional disponible, entre otros), y definiendo funciones según criterios de competencia profesional, eficiencia y productividad, supervisando su desarrollo, ejecución, y aclarando las dudas surgidas tratando de que estas funciones no se solapen.
- CR4.3: Los procedimientos para fomentar la motivación profesional y el trabajo en equipo dentro del centro donde se prestan los tratamientos, técnicas y programas termales se establecen, garantizando la participación de los integrantes del mismo.
- CR4.4: El personal del equipo se mantiene informado de las normas de la empresa respecto al sistema de trabajo, mediante la difusión actualizada de las mismas por parte del centro donde se aplican los servicios (tratamientos, técnicas y programas termales).
- CR4.5: El plan de formación continuada y el calendario de realización se establece de forma que proporcione la actualización técnica del personal, haciéndolo compatible con la actividad laboral según las normas establecidas en la organización.
- CR4.6: Los conflictos originados entre el personal del equipo en el ámbito de trabajo se identifican, estableciendo criterios y medidas (código ético, condiciones de respeto, prevención de conflictos, entre otros) de acuerdo con los procedimientos definidos (mediación, intervención, entre otros).
Contexto profesional:
Medios de producción:
Camilla o sillón reclinable, taburete, carrito o mesa auxiliar. Tensiómetro. Equipos de diagnóstico profesional: lupa, micro-cámaras, medidores de: la hidratación, el sebo, el pH, el fototipo cutáneo, la elasticidad cutánea, el relieve cutáneo; báscula, tallímetro y cinta métrica, entre otros, equipos para la determinación de la grasa corporal, equipos de termografía. Equipos y programas informáticos para el diagnóstico estético, almacenamiento y tratamiento de los datos de la clientela. Historial estético, fichas técnicas de diagnóstico y tratamientos. Lencería de varios usos y desechable: bata, toallas, cintas o gorros, zapatillas, alfombrillas, sabanillas, guantes. Productos y aparatos específicos para limpiar y desinfectar y/o esterilizar los útiles y accesorios. Contenedores para la retirada y reciclado de materiales.
Productos y resultados:
Diagnóstico estético realizado. Clientela informada sobre los resultados del diagnóstico estético. Limpieza, desinfección y/o esterilización de las instalaciones, equipos, medios y productos, realizadas. Trabajo para garantizar la calidad en la prestación de servicios hidrotermales, organizado.
Información utilizada o generada:
Manuales de atención a la clientela, de acogida, de comunicación, entre otros. Protocolos normalizados de diagnóstico, técnicas, tratamientos y programas de servicios hidrotermales (programas, tratamientos y técnicas hidrotermales), de comunicación. Ficha técnica de diagnóstico, de tratamiento, historial estético, y seguimiento de la clientela. Informes médicos. Informes de derivación o autorización dirigidas a otro personal profesional. Consentimiento informado. Manual de técnicas de higiene, desinfección y/o esterilización. Manual de Hidrología. Manual de Cosmetología. Manual de Anatomía. Láminas de anatomía. Bibliografía técnica especializada. Normativa aplicable en materia de espacios e instalaciones. Documentación sobre normativa de seguridad para aparatos. Normativa de gestión medioambiental. Normativa de calidad. Plan sobre prevención de riesgos laborales y normas de higiene postural. Manual de régimen interno de criterios y medidas de resolución de conflictos.
Títulos Formación Profesional
Sin contenidos relacionados
Certificados de Profesionalidad
Sin contenidos relacionados
Cursos de Especialización
Sin contenidos relacionados