Estándar profesional

Código: ECP2662_3
Nombre: Inspeccionar en carretera la carga estibada
Familia Profesional: Automoción » Transporte y Mantenimiento de Vehículos » Conducción y pilotaje en automoción
Nivel: 3
Vigencia: 2 Publicada
Estado: 6 BOE

Referencias normativas

Publicación:

Competencia profesional:


							

EC1 Revisar el estado del vehículo y/o unidades de transporte de carga (UTC) para comprobar deficiencias de diseño, deterioro y alteraciones o modificaciones que influyen en la estiba.

  • IC1.1: Los vehículos y/o UTC, se inspeccionan en una zona segura, garantizando la seguridad vial y la personal de todos los intervinientes, para cumplir con la normativa aplicable referente a la inspección del vehículo.
  • IC1.2: La documentación del conductor, la reglamentaria del vehículo, las certificaciones de las UTC (remolques, semirremolques, cajas móviles, entre otros), la documentación de carga (manifiestos de carga, Customer Relationship Management (CRM), carta de porte, entre otros), se requiere, solicitándola a la persona responsable para efectuar la inspección.
  • IC1.3: Los útiles de estiba y la documentación aportada (vehículo y/o UTC, certificaciones, manifiestos de carga, entre otros) se verifican, siguiendo los protocolos de inspección que se tengan determinados por la Unidad de Investigación (UI), para valorar que la estiba no supone un riesgo para la vida, la propiedad o el medioambiente, que el cambio de posición de las cargas entre sí, contra las paredes o las superficies del vehículo sea mínimo y que la mercancía no pueda moverse del espacio asegurado, ni desplazarse fuera de la superficie del vehículo.
  • IC1.4: La verificación de la estiba, así como los reportajes fotográficos y videográficos realizados durante la inspección, se aportan a la Unidad de Investigación (UI), determinando la idoneidad del transporte en consonancia con la reglamentación en materia de estiba y seguridad vial.

EC2 Inspeccionar el conjunto, carga y vehículo y/o UTC, método de sujeción, así como los dispositivos y accesorios utilizados, para asegurar la carga, aplicando la normativa en materia de estiba y seguridad vial.

  • IC2.1: Los requerimientos de sujeción de la carga se calculan, utilizando la información del vehículo y/o UTC, certificaciones, manifiestos de carga e instrucciones de estiba.
  • IC2.2: Los útiles de sujeción (amarres, cadenas, cables, entre otros), cuando el método de amarre es directo, se verifican, comprobando su utilización según la normativa aplicable referente a la estiba en carretera.
  • IC2.3: El cumplimiento de las masas máximas totales del vehículo se comprueban, utilizando los medios técnicos de pesaje disponibles y/o documentación aportada a la UI, dispositivos de fijación (ganchos, cierres, cinchas, entre otros), y accesorios (frenos, calzos, entre otros).
  • IC2.4: Los dispositivos de sujeción y útiles de estiba (bloqueos, frenos, amarres, entre otros) se inspeccionan por la UI, asegurando la fijación de la carga en el vehículo y/o UTC.

EC3 Confeccionar el informe de inspección de estiba para determinar la idoneidad o no de la expedición, identificando, en su caso, las anomalías detectadas e informando de las actuaciones que los incumplimientos puedan derivar (incoación de expediente sancionador, inmovilización, entre otros).

  • IC3.1: El informe de inspección se concluye, determinando la finalización de la comprobación de la estiba y comenzando a dar apoyo a los agentes de la autoridad en la iniciación de expediente denuncia por infracción.
  • IC3.2: El informe de inspección, los reportajes fotográficos y/o videográficos y pruebas recabadas durante la inspección se aportan a la administración competente, mediante el canal de comunicación de la entidad (mail, carta certificada, entre otros) para establecer las actuaciones en materia de procedimiento sancionador (administrativo o penal).
  • IC3.3: Las deficiencias por mala estiba detectadas, (inadecuación del conjunto, carga y vehículo y/o UTC, método de sujeción, así como los dispositivos y accesorios utilizados no adecuados), se comprueban verificando la
    fijación de la estiba, apoyando a los agentes de la autoridad en la resolución de la inmovilización.
  • IC3.4: El vehículo se inmoviliza con sistemas de fijación (frenos, gato, entre otros) en espacios que garanticen la seguridad vial y la personal de los intervinientes, o en aquellos lugares que se determinen por parte de los agentes de la autoridad y siguiendo sus instrucciones hasta que se modifiquen las circunstancias que la crearon.
  • IC3.5: La inmovilización del vehículo se levanta por parte de los agentes de la autoridad una vez se han subsanado las anomalías detectadas en el informe que dio lugar a la inmovilización, para garantizar la seguridad del tráfico, apoyando en el registro de actuación del mismo.

Contexto profesional:

Ámbito Profesional:


                        

Sectores productivos:


                        

Información utilizada o generada:

Normativa en materia de tráfico y seguridad vial. Normativa aplicable en materia de tráfico de transportes. Documentación técnica y administrativa del vehículo y/o UTC, documentación de la carga, (CMR, manifiesto de carga, carta de porte) y sus condiciones particulares incluidas las de responsabilidad (contrato de transportes), órdenes de pedido y/o reparto, normativa de sujeción de carga, normativa técnica de resistencia, materiales, cables diámetro/esfuerzo en tensión, torsión, número de hilos fracturados, diámetro máximo de aplastamiento, puntas de bloqueo, longitud diámetro y su capacidad de soporte a determinados esfuerzos, tablas de soporte, relación altura y anchura, cuñas de bloqueo, relación altura, anchura y ángulo de incidencia, normativa de mercancías peligrosas, normativa de transporte de mercancías alimentarias, normativa transporte animales vivos.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes: