Nombre: Realizar las operaciones de navegación del buque
Competencia profesional:
EC1 Interpretar las publicaciones náuticas para efectuar la navegación con seguridad.
IC1.1: Las publicaciones náuticas y cartas electrónicas se actualizan con las informaciones recibidas en los avisos a los navegantes, navtex o cualquier otra fuente relevante, para mantenerlas en vigor.
IC1.2: Las cartas y publicaciones náuticas se seleccionan en función de la zona de pesca a faenar, para efectuar la navegación.
IC1.3: Las cartas y publicaciones náuticas se organizan de manera que permita una fácil localización, y obtener de forma rápida una información fidedigna y actualizada.
EC2 Obtener la posición del buque siguiendo métodos náuticos y utilizando los equipos disponibles, para llevar a cabo la navegación.
IC2.1: Las situaciones obtenidas en navegación costera se calculan eligiendo los puntos geográficos más relevantes, para establecer la situación del buque.
IC2.2: Las situaciones obtenidas de los equipos electrónicos de navegación o vía satélite se derivan de los datos aportados por los equipos disponibles a bordo, para determinar la situación del buque.
IC2.3: Los rumbos y las distancias se miden y trazan sobre la carta, para conocer la posición del buque durante la navegación.
EC3 Efectuar la navegación, cumpliendo el reglamento para prevenir abordajes, varadas, embarrancadas y evitar la contaminación marina.
IC3.1: El tráfico marítimo próximo se controla siguiendo procedimientos náuticos, para detectar si hay riesgo de colisión y así, evitar un posible abordaje.
IC3.2: Los rumbos a llevar sobre la carta, se analizan teniendo en cuenta las zonas navegables y peligrosas, con el fin de garantizar la seguridad del buque.
IC3.3: Los equipos e instrumentos de ayuda a la navegación se comprueban, asegurándose su funcionamiento para efectuar una navegación segura.
IC3.4: Las publicaciones náuticas se consultan y la posición del buque se calcula, cada cierto tiempo, sobre la carta, para determinar el rumbo.
IC3.5: Las medidas a tomar navegando con visibilidad reducida, se toman de acuerdo con el reglamento para prevenir abordajes en la mar, con el fin de preservar la seguridad del buque.
IC3.6: Las precauciones establecidas para evitar la contaminación marina se cumplen, según lo establecido por la normativa aplicable.
EC4 Identificar las condiciones que afectan a la meteorología y oceanografía para garantizar la seguridad del buque.
IC4.1: Las condiciones meteorológicas reinantes, se identifican en base a la experiencia profesional, para prever la posible evolución del tiempo.
IC4.2: Las entidades marítimas se consultan teniendo en cuenta la forma de acceso a las mismas, para recabar la previsión del tiempo y el estado de la mar en la zona de pesca a faenar.
IC4.3: La información del estado del tiempo recibida de las entidades marítimas, se tiene en cuenta por situaciones similares anteriores para decidir la conveniencia o no de salir a faenar.
EC5 Interpretar la información radar con el fin de prevenir abordajes y ayudar a la navegación, siguiendo los procedimientos habituales.
IC5.1: La presentación en la pantalla del radar se elige teniendo en cuenta los acaecimientos reinantes, para conseguir la mayor eficacia y operatividad.
IC5.2: Las circunstancias que pueden afectar al funcionamiento del radar se estiman y corrigen atendiendo a las características del equipo, para conseguir calidad y efectividad en sus prestaciones.
IC5.3: El movimiento de los buques observados en la pantalla del radar se sigue, según usos y experiencia profesional, para determinar si hay posibilidad de abordaje.
EC6 Manejar los equipos y sistemas, que regulen las administraciones marítimas competentes, para obtener información y establecer comunicaciones.
IC6.1: Los equipos de comunicaciones se comprueban de acuerdo a las características de los mismos para garantizar su funcionamiento.
IC6.2: Las comunicaciones entre buques y/o entidades marítimas se efectúan, observando lo establecido por el Reglamento de Radiocomunicaciones, para establecer contacto con los mismos.
IC6.3: El tráfico sobre emergencias marítimas se transmite y recibe de acuerdo con las normas y recomendaciones vigentes, para garantizar la emisión o recepción de los mensajes.
Contexto profesional:
Ámbito Profesional:
Sectores productivos:
Información utilizada o generada:
Catálogo de cartas y publicaciones náuticas de las provincias marítimas. Carta de símbolos y abreviaturas empleadas en las cartas españolas. Derroteros. Libros de faros y de señales de niebla. Libro de radioseñales. Reglamento de Balizamiento. Avisos a los navegantes. Anuario de mareas. Reglamento para prevenir los abordajes en la mar. Convenio MARPOL. Sistema mundial de socorro y seguridad marítima restringido. Reglamento de radiocomunicaciones. Previsión del tiempo en base a la experiencia profesional y con las informaciones meteorológicas recibidas de las entidades marítimas de su provincia. Riesgo de abordaje con otro buque utilizando el radar. Comunicación con los buques y las entidades marítimas de su provincia con los equipos de a bordo. Emisión y recepción de mensajes de socorro, urgencia y seguridad. Normativa que vaya surgiendo con relación a dicha materia.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes: