Nombre: Colaborar en la realización de necropsias clínicas o médico legales, bajo la supervisión del facultativo
Competencia profesional:
EC1 Registrar los datos del cadáver, para su identificación, según los protocolos previamente establecidos, verificando que se cumple la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de protección de datos.
IC1.1: El cadáver se recibe, comprobando que se adjuntan todos los documentos necesarios que permitan la realización de la necropsia.
IC1.2: El cuerpo se identifica comprobando que se corresponde con el de la documentación aportada.
IC1.3: La recepción y la aceptación del cadáver se registran según los protocolos del servicio, respetando la normativa aplicable.
IC1.4: El código de uso habitual en el servicio se asigna a toda la documentación generada durante el proceso de la autopsia.
IC1.5: Los efectos personales, o aquellos que se deban especificar, se registran procediendo a su custodia.
IC1.6: Las incidencias surgidas se registran según los protocolos establecidos, comunicándolas al personal responsable.
EC2 Colaborar en la realización de las necropsias clínicas o forenses, de adultos y pediátricas, siguiendo los protocolos establecidos, las indicaciones del patólogo/forense para verificar que se cumple la normativa aplicable.
IC2.1: El instrumental, la vestimenta y los equipos de protección individual se seleccionan según el protocolo establecido y la normativa aplicable.
IC2.2: El cadáver se verifica, comprobando que se encuentra preparado y colocado sobre la mesa de autopsias según el protocolo a seguir.
IC2.3: Las características antropológicas e individuales del cadáver se registran en los soportes establecidos (papel, informáticos, entre otros).
IC2.4: La autopsia se realiza, siguiendo las indicaciones del patólogo o forense tratando el cuerpo en ambiente de respeto y según el objetivo establecido (de diagnóstico etiológico, patogénico, histológico y clínico en la autopsia clínica y con el fin de deducir las consecuencias jurídicas en la médico-legal).
IC2.5: Los fetos procedentes de interrupciones legales del embarazo y abortos espontáneos se estudian, junto con su placenta, en caso de disponer de ella.
IC2.6: Los cadáveres pediátricos se autopsian con o sin apertura craneal, según indicación clínica.
IC2.7: Las imágenes de los cadáveres y órganos lesionados se registran en los soportes establecidos (fotografías, vídeos, entre otros), con fines legales, diagnósticos, docentes o investigadores.
IC2.8: Los hallazgos y hechos relevantes se registran, siguiendo los protocolos establecidos y las indicaciones del patólogo/forense.
EC3 Recomponer el cadáver gestionando las muestras procedentes de la evisceración para su envío a los laboratorios pertinentes, siguiendo los protocolos establecidos, las indicaciones del patólogo/forense y verificando que se cumple la normativa aplicable.
IC3.1: Los órganos procedentes de la evisceración del cadáver se miden y pesan, registrando los datos según los procedimientos establecidos.
IC3.2: Las muestras para el banco de tejidos se recogen, congelándolas para su conservación o en caso de requerirse cortes por congelación para diagnóstico rápido, así como para pruebas de toxicología y otros.
IC3.3: Las muestras se envían a otras áreas (genética, hematología, microbiología, técnicas especiales, entre otras), teniendo en cuenta la orientación diagnóstica en el caso de las autopsias clínicas, siguiendo las indicaciones del patólogo/forense.
IC3.4: Las muestras de autopsias forenses se envían a los laboratorios de medicina legal, en caso de que el patólogo/forense lo considere oportuno.
IC3.5: Los órganos diseccionados se transportan a la sala de estudio macroscópico en el recipiente y el medio establecidos, identificándolos previamente según protocolos establecidos.
IC3.6: El cadáver se recompone al finalizar la necropsia, según la técnica indicada por el patólogo/forense y el destino del mismo.
IC3.7: El material no fungible se limpia, desinfectando el reutilizable, esterilizándolo en caso requerido, eliminando el desechable y siguiendo los protocolos de gestión de residuos sanitarios.
IC3.8: La sala de autopsias se ordena, reponiendo y preparando el material requerido para una próxima utilización.
EC4 Asistir al patólogo/forense en el estudio macroscópico de los órganos y vísceras necrópsicas y en el procesado de las piezas requerido para posteriores estudios, siguiendo los protocolos establecidos y verificando que se cumple la normativa aplicable.
IC4.1: Las lesiones, signos y aparatos de atención médica observados se registran en los soportes establecidos (papel, informáticos, entre otros).
IC4.2: Los aparatos de atención médica encontrados en el cadáver se extraen procediendo a su limpieza y desinfección en caso requerido.
IC4.3: Las características físicas y las alteraciones morfológicas observadas se registran en el soporte requerido.
IC4.4: Los órganos objeto de estudio posterior se tallan, seleccionando las muestras según los protocolos de trabajo.
IC4.5: Las piezas necrópsicas se introducen en los recipientes y el medio de conservación indicado para su posterior procesado (inclusión, descalcificación, entre otros) y en función del tejido específico.
IC4.6: Las piezas necrópsicas se identifican en cuanto a código y tipo tisular, según el sistema establecido en el centro.
IC4.7: Las muestras que requieran análisis de material genético para biología forense se someten a técnicas de microdisección láser.
IC4.8: Los procesos realizados sobre las piezas talladas se registran en las hojas de trabajo o soporte informático correspondiente.
IC4.9: Los recipientes con las piezas, los bloques y las preparaciones histológicas se archivan según los protocolos establecidos.
IC4.10: Los datos de la autopsia clínica se registran en la comisión de mortalidad cumpliendo la normativa aplicable.
Contexto profesional:
Ámbito Profesional:
Sectores productivos:
Información utilizada o generada:
Protocolo normalizado en la realización de la necropsia. Protocolos de conservación, fijación y descalcificación de las piezas obtenidas. Distribución de las piezas. Procedimientos normalizados de limpieza de material y equipos. Solicitud de la necropsia. Autorización de la necropsia y, si fuera preciso, de la apertura craneal. Datos de identificación del cadáver. Historia clínica. Documentación fotográfica y videográfica de la autopsia. Bibliografía especializada. Libro de incidencias. Normativa aplicable sobre: sistema sanitario, ordenación de profesiones sanitarias, protección de datos de carácter personal, prevención de riesgos laborales, autonomía del paciente, derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cohesión y calidad del sistema sanitario, garantía de calidad, Institutos de Medicina Legal, autopsias judiciales, entre otras.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes: