Acreditación de Competencias Profesionales obtenidas por experiencia laboral

Acreditación de competencias profesionales

El procedimiento de evaluación y acreditación de competencias (PEAC) es un conjunto de actuaciones dirigidas a reconocer, evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral u otras vías no formales o informales. Este procedimiento se regula en el Título VI (artículos 90 a 93) de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y en el Título VI (artículos 175 a 188) del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional

Puede consultar Unidades responsables e información de Acreditación de Competencias en las Comunidades Autónomas (en todo caso, cada Comunidad Autónoma podría establecer o disponer de otros puntos de información).

Requisitos de la persona candidata

Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Excepcionalmente, podrán iniciarse procedimientos específicos para colectivos que no cumplan este requisito, siempre que esté vinculado a acuerdos internacionales o a planes estratégicos para la cobertura de las necesidades profesionales de determinados sectores productivos.

  2. Tener dieciocho años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de estándares de competencia de nivel 1 y veinte años para los niveles 2 y 3.

  3. Tener experiencia laboral, formación relacionada, y/o haber desarrollado labores de voluntariado con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
    1. En el caso de experiencia laboral: justificar, al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos quince años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para los estándares de competencia de nivel 1, se requerirán dos años de experiencia laboral con un mínimo de 1.000 horas trabajadas en total.
    2. En el caso de formación: justificar, al menos 300 horas, en los últimos diez años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para los estándares de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos profesionales asociados al estándar o estándares de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
    3. En el caso del voluntariado: justificar, al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas dedicadas total, en los últimos quince años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para los estándares de competencia de nivel 1, se requerirán dos años de experiencia laboral con un mínimo de 1.000 horas trabajadas en total.

  4. En los casos en que los estándares de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.

Fases del Procedimiento

  • Información y orientación previa a la inscripción y durante el proceso.
  • Inscripción para la participación en el procedimiento.
  • Instrucción:
    • Asesoramiento.
    • Evaluación de la competencia profesional.
    • Acreditación y registro de la competencia profesional.

 

[Última actualización: octubre de de 2023]