Los Certificados de Profesionalidad

Los Certificados de Profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, comprenden las acciones formativas dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y Cualificaciones Profesionales. La oferta formativa dirigida a la obtención de los Certificados de Profesionalidad tendrá carácter modular con el fin de favorecer la acreditación parcial acumulable de la formación recibida y posibilitar al trabajador que avance en su itinerario de Formación Profesional cualquiera que sea su situación laboral en cada momento.

Los certificados de profesionalidad tienen por finalidad:

  1. Acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa, o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación.
  2. Facilitar el aprendizaje permanente de todos los ciudadanos mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular, a través de la oferta formativa asociada al certificado.
  3. Favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores y a trabajadores.
  4. Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  5. Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo.
  6. Contribuir a la integración, transferencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, establece que le corresponde a la Secretaría General de Formación Profesional:

"3. a) La ordenación, desarrollo, evaluación, gestión e innovación, de la formación profesional en el sistema educativo y para el empleo, y en concreto, respecto a esta última, la Formación Profesional de desempleados y la Formación Profesional de ocupados, incluyendo las convocatorias nacionales y las autonómicas, cuando éstas respondan a formación vinculada a los certificados de profesionalidad, incluida la formación profesional dual del ámbito educativo. Asimismo le corresponde el establecimiento y actualización de los títulos de formación profesional, cursos de especialización y certificados de profesionalidad".

Los Certificados de Profesionalidad, de acuerdo al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales se pueden consultar en Todofp

 

[Última actualización: diciembre de 2022]