Naturaleza, Finalidad y Funciones del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales
Naturaleza del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales
El Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales (CNECP) es el instrumento del Sistema Nacional de Formación Profesional que ordena los estándares de competencias profesionales identificados en el sistema productivo español, en función de las competencias apropiadas y el estándar de calidad requerido para el ejercicio profesional, y que son susceptibles de reconocimiento y acreditación oficial.
La inclusión de los estándares de competencia profesionales en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales no supondrá regulación de ejercicio profesional ni afectará al contenido de las relaciones laborales.
Finalidad y funciones del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales
Sobre la base de la observación y el análisis permanente del sistema productivo y las demandas de las empresas y la sociedad, el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales:
- Identificará, clasificará y ordenará las competencias propias del mercado laboral significativas para la economía productiva con validez en todo el territorio nacional. El catálogo podrá, asimismo, recoger aquellos perfiles profesionales que, por su específico valor cultural o patrimonial, requieran una especial protección.
- Operará como referencia obligada para la acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
- Proporcionará la base para el diseño de los módulos profesionales y la creación de ofertas de formación profesional, basadas en itinerarios acumulables y acreditables a lo largo de la vida, así como para la movilidad en un mercado de trabajo internacional sobre la base de transparencia y, en su caso, equivalencia de marcos comunes entre los diferentes sistemas nacionales de formación profesional de la Unión Europea.
Contenido y organización del catálogo nacional de estándares de competencias profesionales
El Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales recoge y ordena el conjunto de estándares de competencias profesionales identificadas en el sistema productivo y de prestación de servicios.
Los estándares de competencias quedarán asignados a los niveles de competencia profesional 1, 2 y 3, en función de los criterios y descriptores que se establecen en el anexo I del real decreto que establece se desarrollan los elementos integrantes y los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Formación Profesional, y que atienden a los criterios comúnmente establecidos a nivel europeo de conocimientos, capacidades, responsabilidad y autonomía, entre otros, de las tareas a desempeñar.
Estos descriptores están alineados con los establecidos en la Recomendación del Consejo de 22 de mayo de 2017 relativa al Marco Europeo de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente para los niveles 3, 4 y 5, respectivamente.
Nivel |
Conocimientos |
Capacidades |
Responsabilidad y autonomía |
1 |
Requiere conocimientos de hechos, principios, procesos y conceptos generales en un campo de trabajo concreto. |
Despliega competencias predecibles y rutinarias en un conjunto reducido de actividades de trabajo, relativamente simples.
Aplica técnicas contextualizadas, completamente definidas y vinculantes en procesos normalizados.
Interviene en actividades colectivas, repetitivas y de comprobación inmediata, según pautas proporcionadas por un nivel superior o por un protocolo. |
Requiere supervisión directa de la ejecución de su trabajo en un contexto estructurado.
Realiza trabajos formalizados y predefinidos sobre medios técnicos programados por un nivel superior.
Cuenta con un margen muy estrecho de alternativas, limitadas estas a la elección de algunas variables menores.
|
2 |
Requiere conocimientos fácticos y teóricos en contextos amplios de un campo de trabajo concreto. |
Despliega competencias técnicas especializadas de cierta complejidad, no rutinarias.
Aplica capacidades cognitivas y prácticas para utilizar información útil en el proceso en el que está involucrado, manejando instrumentos y técnicas propias.
Gestiona con cierto grado de creatividad actividades con diferentes opciones y pocas variables de control de tipo técnico. |
Requiere supervisión en cuanto a criterios de ejecución y resultados en el trabajo, pero cuenta con un cierto grado de autonomía en la ejecución de los procesos. Esta autogestión es conforme a consignas definidas para el puesto de trabajo generalmente previsibles, pero que podrían cambiar.
En ciertos casos, supervisa el trabajo rutinario de otras personas, asumiendo ciertas responsabilidades por lo que respecta a la evaluación y la mejora de las actividades laborales. |
3 |
Requiere amplios conocimientos especializados, fácticos y teóricos, en un campo de trabajo concreto, siendo consciente de los límites de esos conocimientos. |
Despliega competencias que permiten la intervención de diferentes técnicas o subfunciones en varios contextos, muchas de las cuales son complejas y no rutinarias.
Aplica capacidades cognitivas para efectuar actividades y resolver problemas, seleccionando y aplicando métodos, herramientas, materiales e información.
Gestiona procesos pendientes de definición total y formalización, utilizando técnicas organizativas, que demandan un mayor desarrollo y/o adaptación, y aplica las capacidades de interpretación y evaluación con el fin de maximizar los recursos técnicos y humanos. |
Requiere supervisión en cuanto a criterios de ejecución y resultados, pero puede también supervisar escalas inferiores.
Controla trabajos de carácter técnico y especializado en los que se producen cambios imprevisibles.
Mantiene relaciones individuales, internas o externas, que requieren ciertas habilidades técnicas y de comunicación en el desempeño de actividades de trabajo, estudio o resolución de conflictos.
Participa en el diseño o revisión de procesos y/o protocolos establecidos bajo dirección en cuanto a ideas, criterios de ejecución y revisión de resultados. |
Los descriptores de niveles de competencia profesional se establecen sin perjuicio de los que se contemplan en el Real Decreto 272/2022, de 12 de abril, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente, para las ofertas formativas en las que se acrediten los distintos estándares de competencias profesionales. La correlación de niveles entre unos y otros es la que se presenta en esta tabla (anexo II del real decreto que establece el CNECP):
Niveles para los ECP |
Niveles MECU |
Niveles MECES |
1 |
3 |
- |
2 |
4 |
- |
3 |
5 |
1 |
ECP: Estándares de Competencias Profesionales.
MECU: Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.
MECES: Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
Las Familias Profesionales
Cada estándar de competencias profesionales quedará adscrito, a efectos orientativos y de organización, a una familia profesional de las que se recogen en el Anexo III del real decreto que establece el CNECP, atendiendo a criterios de afinidad competencial:
Actividades Físicas y Deportivas (AFD).
Actividades y competencias transversales (ACT).
Administración y Gestión (ADG).
Agraria (AGA).
Artes Gráficas (ARG).
Artes y Artesanías (ART).
Comercio y Marketing (COM).
Edificación y Obra Civil (EOC) Electricidad y Electrónica (ELE).
Energía y Agua (ENA).
Fabricación Mecánica (FME).
Hostelería y Turismo (HOT). Imagen Personal (IMP).
Imagen y Sonido (IMS).
Industrias Alimentarias (INA).
Industrias Extractivas (IEX).
Informática y Comunicaciones (IFC).
Instalación y Mantenimiento (IMA).
Inteligencia Artificial y Data (IAD).
Madera, Mueble y Corcho (MAM).
Marítimo-Pesquera (MAP).
Química (QUI).
Sanidad (SAN).
Seguridad y Medio Ambiente (SEA).
Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC).
Textil, Confección y Piel (TCP).
Transporte y Mantenimiento de Vehículos (TMV).
Vidrio y Cerámica (VIC).
Excepcionalmente, un mismo estándar podrá vincularse a más de una familia profesional y tener carácter transversal cuando se refiera a competencias coparticipadas entre más de una familia profesional.
Cuando el estándar de competencias profesionales responda a múltiples desempeños profesionales quedará asociado a la familia profesional Actividades y Competencias Transversales.