En el marco del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales la familia profesional de Hostelería y Turismo abarca un amplio conjunto de actividades productivas, agrupadas para su estudio en tres áreas:
- Alojamiento
- Restauración
- Turismo
El área de Alojamiento abarca actividades vinculadas a la prestación de servicios en hoteles, hostales y/o pensiones, apartamentos en régimen hotelero, alojamientos rurales, etc.
El área de Restauración comprende las actividades profesionales relacionadas con la provisión y el servicio de comida y bebida en restaurantes, colectividades, cafeterías, bares, catering, entre otros.
El área de Turismo incluye las actividades ligadas al turismo más tradicional y las que se corresponden con actividades turísticas de ocio y tiempo libre (animación turística, parques de ocio, parques temáticos, turismo deportivo y natural, etc.) así como las desarrolladas en la organización de eventos, convenciones y ferias de muestras.
Las tendencias generales del sector apuntan a una mayor innovación en la organización del trabajo, los productos o servicios ofertados y la normativa interna de las empresas, incorporando además la aplicación de las nuevas tecnologías y procesos de transformación digital.
Regulación profesional
En esta familia profesional se reconoce como profesión regulada: Guía de Turismo.
La regulación de la profesión Guía de Turismo es competencia exclusiva de las comunidades autónomas, sin perjuicio de lo establecido en la Directiva 2005/36/CE, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (modificada por la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, y 2013/55/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013) que se incorporó al ordenamiento español por Real Decreto1837/2008, de 8 de noviembre.
[Última actualización: marzo de 2022]